Exigimos que la comunidad de los iguales se haga
extensiva a todos los grandes simios: los seres
humanos, los chimpancés, los gorilas y los
orangutanes.
La
"comunidad de los iguales" es una comunidad
moral dentro de la cual aceptamos que
determinados principios o derechos morales
fundamentales, que se puedan hacer valer ante la
ley, rijan nuestras relaciones mutuas. Entre
estos principios o derechos figuran los
siguientes:
1)
El derecho a la vida. Debe protegerse la
vida de los miembros de la comunidad de los
iguales. No puede darse muerte a los miembros de
la comunidad de los iguales, excepto en
circunstancias que se definan muy estrictamente,
por ejemplo: en defensa propia.
2)
La protección de la libertad individual.
No puede privarse arbitrariamente de su libertad
a los miembros de la comunidad de los iguales.
Si se les aprisiona sin que medie un proceso
legal, tienen el derecho a ser liberados de
manera inmediata. La detención de quienes no
hayan sido condenados por un delito, o de
quienes carezcan de responsabilidad penal, sólo
se permitirá cuando pueda demostrarse que es por
su propio bien, o que resulta necesaria para
proteger al público de un miembro de la
comunidad que claramente pueda constituir un
peligro para otros si está en libertad. En tales
casos, los miembros de la comunidad de los
iguales deben tener el derecho a apelar ante un
tribunal de justicia, bien directamente o, si
carecieren de la capacidad necesaria, mediante
un abogado que los represente.
3)
La prohibición de la tortura. Se
considera tortura, y por tanto es moralmente
condenable, infligir dolor grave, de manera
deliberada, a un miembro de la comunidad de los
iguales, ya sea sin ningún motivo o en supuesto
beneficio de otros.